Condena a devolver todo lo cobrado de más y no sólo desde 9 de mayo de 2013.
Hemos conseguido la primera sentencia en Ourense, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Bande y fecha 2 de enero, que condena al Banco Pastor a devolver todo lo cobrado de más en aplicación de una cláusula suelo, es decir, con retroactividad total.
Esa sentencia es consecuencia de que en todas las demandas presentadas desde hace años por este despacho se reclamaba la retroactividad total, e incluso fue el primer despacho en conseguir la suspensión de los procedimientos hasta que se pronunciarse el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
De este modo nuestros clientes no se vieron afectados por el anterior criterio que establecía una retroactividad parcial, y conseguirán la devolución de importes de más del doble, en términos generales, al eludir el limite de la retroactividad a 9 de mayo de 2013.
La espera ha merecido la pena.