Auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra que archiva un proceso penal contra un médico aun existiendo un error de diagnóstico
No todo error médico es delito, sino sólo aquel que demuestra abandono, desidia o dejación. Así lo dice el reciente Auto que estima nuetro recurso y archiva un procedimiento penal que ya había pasado a la fase intermedia, tras dictarse por el juez de instrucción la transformación de las dilgencias en procedimiento abreviado.
Aunque quedó acreditado que existió un error de diagnóstico el Tribunal no pasa por alto los siguientes datos:
-.Las dificultades del diagnóstico (se trataba de una disección carótica sin signos clínicos claros).
-.Las limitaciones asistenciales (el médico carecía de la posibilidad de pedir una resonancia de urgencia).
-.Los déficits de la organización (sin neurólogos de guardia).
-.La incerteza de que un diagnóstico precoz mejoraría el cuadro (sólo reduce el riesgo de AIT).
En definitiva, que la frontera entre la resposabilidad médica que es delito de la que no lo es reside en factores que permitan apreciar un error grave, grosero e inexcusable.
Los otros errores darán lugar, en su caso, a una responsabilidad civil o patrimonial.
Sin embargo, hay quien todavía acude a la vía penal. Error jurídico que sí que es grave (pues estamos hablando de una instrucción que duró cinco años para terminar con un archivo de la denuncia).