Cuatro sentencias llevamos este año que reconocen la incapacidad permanente parcial a empleadas de servicios de salud.
La última es el reconocimiento de una indemnización de 35.000 euros con cargo al INSS, para nuestra clienta, auxiliar de enfermería diagnosticada de fibromialgia y lumbalgia.
Previamente el Servicio de Prevención de su hospital le había restringido la manipulación de cargas y adaptado el puesto por razones de protección de la salud.
A pesar de ello, el INSS le denegó la invalidez parcial aludiendo a que sus dolencias y limitaciones no eran significativas.
Ahora el Juzgado de lo Social nº, 3 de A Coruña estima nuestra demanda y declara la incapacidad permanente parcial.
Al igual que las otras tres sentencias similares conseguidas en lo que llevamos de año el elemento común es la adaptación del puesto de trabajo por motivos de salud.
La adaptación presupone que no se pueden realizar correctamente todas las funciones. Derivar de eso una incapacidad permanente parcial no es automático. Pero para demostrarlo judicialmente estamos nosotros.