Sentencia de un Juzgado de lo mercantil que condena a Iberia a abonar la indemnización reglamentaria más otra por daños morales.
La familia, que viajaba con dos niños, perdió su vuelo a Viena por el retraso en la salida del de conexión desde Vigo. Como no había otro vuelo a Viena ese día Iberia les ofreció alojamiento en Madrid para viajar al día siguiente.
Perdieron un día de vacaciones y por ese motivo reclamamos no sólo la indemnización reglamentada para un vuelo de esa distancia (400 euros por pasajero) sino una indemnización complementaria por las molestias que supuso (250 euros por pasajero).
Iberia hizo caso omiso y entonces demandamos exigiendo ambas indemnizaciones. A la demanda Iberia contestó alegando la caducidad de la acción (habían pasado más de dos años) y que no procedían los daños morales, invocando sentencias a su favor.
La juez resuelve a nuestro favor considerando que el plazo es de prescripción, no de caducidad y de cinco años, no dos, y que la indemnización reglamentaria (400 euros) es compatible con la indemnización por daños morales (250 euros).
Para valorar esta cuestión diferencia la mera molestia del daño moral, que es cuando el perjuicio transciende una mayor espera en un aeropuerto y supone, como en ese caso, perder un día de vacaciones haciendo una escala nocturna no prevista.
La sentencia impone las costas a Iberia, de modo que la familia recupera de sus gastos de viaje 2.600 euros sin coste alguna por la defensa y representación en este pleito. Un éxito del que nos congratulamos y que supone un hito en estas reclamaciones.