Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que estima nuestro recurso y reconoce la revisión del grado de invalidez, de total a absoluta, por dolor persistente.
Hace unos años conseguimos que nuestro cliente, empleado de una tienda de electrodomésticos, le reconocieran judicialmente una incapacidad permanente total para su trabajo por un dolor neuropático derivado de un accidente de trabajo.
Como ese dolor mantenía una evolución constante, y se había sumado una lesión nueva, a nivel lumbar, que producía radiculopatia, reclamamos la revisión del grado de invalidez.
El INSS lo denegó y el Juzgado de lo Social de Málaga también, alegando que no se había un agravamiento de tal entidad que anulase la capacidad de nuestro cliente para cualquier tipo de trabajo.
Recurrimos y el Tribunal viene a darnos la razón en dos aspectos fundamentales:
1-. La propia persistencia del cuadro doloroso reacio a cualquier tratamiento con la repercusión mental que genera ya demuestra un agravamiento.
2-.El que se haya producido una nueva lesión, aun de origen común, no desvirtúa el carácter profesional de la contingencia.
Así la Mutua deberá abonarle el 100% de la base reguladora y no sólo el 55% con todos sus atrasos y revalorizaciones