Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que condena al Sacyl a indemnizar con 46.200 euros por el fallecimiento de una paciente infectada en un centro concertado.
La sentencia se refiere a la asistencia prestada a una paciente octogeneria que acude al hospital público de León, pero dada su edad se la deriva a un hospital privado concertado.
Se preguntarán porqué la edad es una factor de derivación a otro centro privado, más pequeño y con menos recursos humanos y tecnológicos, pero la respuesta no la tenemos.
Resulta que dicha paciente durante su estancia contrae una infección en ese hospital por una bacteria, el SARM, que tiene la consideración de nosocomial, es decir, es una infección hospitalaria, sin que ese pequeño hospital justificase su buena limpieza y asepsia.
El error no quedó ahí, sino que a la paciente le mantuvieron la cobertura antibiótica con Vancomicina, a pesar de que está indicada para otra bacteria, el SARM, cuando el antibiograma ya decía que era SASM.
Pero hubo otro error más, porque no se monitorizó la función renal de la paciente cuando ese antibiótico que se le mantuvo en el tiempo indebidamente es nefrotóxico, lo que provocó el fallo renal por esa falta de control y luego su fallecimiento.
Como ven, un cúmulo de despropósitos y errores encadenados que provocaron la perdida de una madre y abuela que a pesar de su edad gozaba de buena salud.
La frustración familiar por una muerte evitable se incrementó con la decisión de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León de dar por buena la asistencia prestada en su centro concertado y resolver que no cabía ninguna indemnización.
Sin embargo, ahora el Tribunal Superior estima íntegramente nuestra demanda, reconoce que hubo todos esos errores, indemniza con todas las cantidades pedidas más intereses y condena en costas a las demandadas, la Administración autonómica y su centro concertado.