Sentencia de un Juzgado de lo Social que reconoce la contingencia profesional (como accidente de trabajo), de la incapacidad temporal de una trabajadora sanitaria del SERGAS tras contagiarse de COVID-19 en su centro de trabajo.
Nuestra clienta, trabajadora en un hospital público, contrajo el virus durante un brote detectado en su servicio. Inicialmente se reconoció el accidente de trabajo.
Con el paso de los meses comenzó a padecer astenia intensa, mialgias, dolor articular, alteraciones inmunológicas y diversos síntomas persistentes, diagnosticándosele un síndrome post-COVID con afectación sistémica. A pesar de ello el INSS entendía que la nueva baja por esos síntomas ya no podía tener origen profesional, al haber pasado meses desde el contagio.
La sentencia descarta esa visión restrictiva, y reconoce que el desarrollo de enfermedades como el COVID persistente no es inmediato, sino lento y progresivo, como ocurre con muchas enfermedades profesionales.
Aunque la presunción de laboralidad ya no se daba por la limitación temporal del Real Decreto-ley 3/2021 el sentido y espíritu de la norma sigue presente: proteger al personal sanitario por la mayor exposición del riesgo.
No es una sentencia pionera, pero abunda en una línea judicial que iniciamos hace dos años con la primera sentencia (esa sí pionera) que reconoció la contingencia profesional de un COVID persistente.