Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que condena al SERGAS a indemnizar en 60.000 euros por la pérdida de visión de un ojo debido a una esquirla que no fue vista en un PAC y que derivó en una grave infección.
Nuestro cliente acudió al PAC por la sensación de un cuerpo extraño en el ojo mientras desbrozaba su finca. En la exploración no se utilizó una lámpara de hendidura ni se midió la presión intraocular. Tampoco se solicitó una radiografía. Se diagnosticó erróneamente una úlcera corneal y se prescribió un simple colirio.
Al día siguiente el paciente regresó y esta vez sí se realizaron las pruebas pertinentes, detectándose un cuerpo extraño metálico intraocular y signos de perforación ocular. La infección intraocular (endoftalmitis) ya estaba instaurada, y pese al tratamiento intensivo y a la cirugía urgente, el daño fue irreversible: pérdida completa de la visión y atrofia del globo ocular.
La sentencia acoge nuestra tesis de que era obligada una exploración completa, así como la derivación urgente a un centro con medios adecuados. En palabras de la sentencia, las limitaciones del PAC no pueden justificar una asistencia deficiente, máxime cuando existían recursos disponibles en el hospital comarcal.
En este caso, el retraso en el diagnóstico privó al paciente de una oportunidad terapéutica real, ya que de haberse administrado antibióticos de forma precoz, la probabilidad de conservar el ojo superaba el 90%, según el informe pericial que aportamos.
La resolución reconoce una indemnización de 51.708,90 euros, más intereses legales, lo que al día de la fecha son unos 60.000 euros.