Reclamar acciones de Bankia

RECLAMAR ACCIONES DE BANKIA

Multitud de pequeños ahorradores se han visto afectados por el desplome del valor de las acciones de Bankia, S.A., perdiendo la práctica totalidad de lo invertido en su día.

Según lo dictaminado por los peritos del Banco de España, las cuentas que la entidad presentó antes de su salida a Bolsa en verano de 2011 no reflejaban su imagen fiel, es decir, las cuentas utilizadas para la salida a Bolsa no reflejaban la situación financiera y patrimonial real de la entidad.

Este hecho de por sí constituye fundamento suficiente para reclamar por resultar "engañosa" la información disponible en el momento de salida a Bolsa.

Si usted es uno de los afectados, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto, o bien para concertar una cita con nuestro equipo de abogados en el correo info@emoure-abogados.com o a través de nuestro formulario de contacto pulsando aquí.

A continuación intentamos resolver las preguntas mas frecuentes por los afectados:

Quien puede reclamar

Aquellos que invirtieron en acciones de Bankia desde su salida a Bolsa en verano de 2011 hasta mayo de 2012, incluso aquellos que vendieron sus acciones poco después. En cualquier caso, como es costumbre de este despacho, siempre aconsejamos analizar el caso concreto para poder así ofrecer al cliente un estudio individualizado de cada reclamación.

Pasos para reclamar

Como paso previo para la reclamación deberá solicitarse por escrito toda la informacion que tenga la entidad sobre la operación de compra de acciones.

Posteriormente, analizada la viabilidad del caso, se procederá a la interposición de la demanda.

Posibilidades de acuerdo con Bankia

En las últimas semanas han aparecido en los medios de comunicación diversas noticias que apuntaban a que Bankia asumiría las reclamaciones efectuadas por aquellos consumidores afectados. Sin embargo, no se ha concretado a quienes se va devolver lo invertido, ni cuanto de lo invertido, ni cual va a ser el procedimiento para esta devolución, por lo que aconsejamos en todo caso iniciar cuanto antes la reclamación, independientemente de que con posterioridad se pueda alcanzar un acuerdo con Bankia.

Sentencias recientes

En los procesos ya iniciados la defensa de Bankia ha intentado paralizar los mismos en base a que existe un procedimiento penal en curso y que por ello mientras no recaiga sentencia en dicho procedimiento no puede continuarse con el pleito civil. No obstante, entendemos que conviene iniciar cuanto antes la reclamación al objeto de paralizar los plazos de prescripción y caducidad, y por otra parte, el procedimiento penal no debiera obstar a la continuación de la reclamación por la vía civil.

Algunas sentencias recaídas recientemente respecto de reclamaciones por la adquisición de acciones Bankia en su salida a Bolsa, son las siguientes:

  • Juzgado de Primera Instancia N°. 97 de Madrid, Sentencia 163/2014 de 1 Sep. 2014, Rec. 1402/2013
  • Juzgado de Primera Instancia N°. 3 de Alcalá de Henares, Sentencia 91/2014 de 22 Jul. 2014, Rec. 1438/2013
  • Juzgado de Primera Instancia N°.. 1 de Mataró, Sentencia de 6 Jun. 2014, proc. 971/2013
  • Juzgado de Primera Instancia N°. 6 de Vigo, Sentencia 149/2014 de 1 Sep. 2014, Rec. 515/2013´

Coste de la reclamación

Aplicamos la misma tabla que para las reclamaciones de preferentes y subordinadas que puede consultar en esta misma página web.