Sentencia Swap (o como un producto financiero puede ser anulado)
Publicada el: 23 de febrero de 2014
Lo llamativo de esta sentencia (relevante a criterio del banco) es que el cliente era un empresario, pero para el Tribunal eso no impide que sea calificado como cliente minorista, y no profesional, de manera que así la Ley le brinda una especial protección, pues exige al banco darle una información adecuada que le permita conocer la naturaleza del producto y el riesgo que entraña.
Y esa información adecuada exige de acuerdo con la sentencia comentada que sea por escrito, y que conlleve –y esto es lo más interesante- una simulación que pudiera permitirle comprender de forma práctica las condiciones del contrato y la dinámica de su funcionamiento en relación con las fluctuaciones del mercado. Argumento éste que es una manifestación más del llamado principio de transparencia.
Por lo tanto, frente a la opacidad bancaria, transparencia, y frente a las abusos de determinadas prácticas comerciales sentencias ejemplarizantes como ésta. Bienvenidas sean.