Ala Octa o Essure, dos ejemplos de productos sanitarios defectuosos
Publicada el: 1 de noviembre de 2015
Se tiene la costumbre de identificar daño sanitario con negligencia médica, cuando en muchas ocasiones el sistema sanitario o las grandes empresas farmacéuticas son las que con sus acciones u omisiones provocan el daño al paciente.
El sistema sanitario, más en tiempos de crisis y recortes, propicia muchos de los daños por una concepción de la sanidad masificada y con largas listas de espera, con alta presión sobre los profesionales que limita su libertad de actuación y resolución.
La grandes corporaciones dedicadas al desarrollo de medicamentos y dispositivos sanitarios, enzarzadas en dura pugna por lanzar al mercado nuevas patentes, en ocasiones tienen fallos en sus controles de calidad y la seguridad de sus productos.
Así el profesional se encuentra trabajando para un sistema hipertrofiado y con la presión de una industria farmacéutica que pretende dirigir sus decisiones clínicas. De esa combinación de factores se produce la “tormenta perfecta”, que es la multiplicación del daño.
Ocurre ahora mismo con un medicamento comercialmente denominado Ala Octa, utilizado en la intervenciones de retina, y un dispositivo anticonceptivo llamado Essure, los cuales están generando graves daños a los pacientes que fueron tratados con ellos.
En esos casos los pacientes tienen dos vías de reclamación: en el caso de la medicina pública la acción de reclamación patrimonial; y en la sanidad privada la acción civil de responsabilidad por producto defectuoso.
Surge también, favorecida por las redes sociales, una especie de comunidad de intereses entre todos esos pacientes afectados, que hacen bueno el dicho de que la unión hace la fuerza intentando abordar juntos la titánica labor de reclamar juntos.
Pero una cosa son las acciones colectivas (para las cuales tienen legitimación determinadas asociaciones) y otra muy distintas las acciones individuales ejercidas colectivamente, que es el caso típico que comentamos.
Pacientes que acumulan sus acciones en reclamación conjunta contra un mismo demandado; pero a veces no es posible, bien porque hay que demandar a Administraciones distintas, o bien porque las diversas circunstancias de los demandantes no lo permiten.
Sea como fuere, las asociaciones de pacientes, con la deseable colaboración de sociedades científicas y médicos forenses, tienen un papel relevante en la orientación y ayuda a todos esos pacientes afectados por un fármaco (que etimológicamente significa veneno).
Pero finalmente el éxito depende de los abogados especializados en Derecho Sanitario, pues no sólo hay que tener razón sino saberla perdir. Permítanme pues que reivindique, modestia aparte, el trabajo que hacemos en Eugenio Moure Abogados.