El CES advierte de que puede ser ilegal exigir llevar censado seis meses para operarse
Publicada el: 13 de noviembre de 2011
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IRENE BASCOY - VIGO Exigir llevar seis meses censados en Galicia para tener derecho a la tarjeta sanitaria, y así, por ejemplo, poder ser operado en la comunidad, "podría estar en contradicción" con la Ley General de Salud Pública, advierte el Consello Económico e Social, que también sostiene que esta obligación "implica un recorte respecto de la situación actual" y "un alejamiento de la idea de la sanidad o asistencia sanitaria como derecho básico y universal, endureciendo las condiciones de acceso".
Esta exigencia es objeto de polémica, igual que la norma que abre la puerta a cobrar por el uso irresponsable de la sanidad pública, pero no son las únicas políticas que ha puesto en marcha o en que trabaja la Consellería de Sanidade. El departamento de Pilar Farjas también prepara una reordenación de los centros de salud en el rural, a consecuencia de la crisis y la despoblación en los ayuntamientos más pequeños. Sanidade, informó ayer este diario, no ve justificado que haya centros de atención primaria con pocos pacientes por su alto coste y por eso prevé una nueva norma. La Consellería, consultada ayer por este periódico, no quiso comentar sus nuevos planes. "No tenemos nada que decir", fue su respuesta.
¿Por qué el CES, organismo de carácter consultivo en el que están representados empresarios, sindicatos y colectivos sociales, se pronuncia ahora sobre la exigencia de llevar seis meses censado para operarse? Porque la Xunta pretende blindar por ley esta obligación. En septiembre sacó una orden, sobre la cual el Ministerio ya le advirtió de que es "ilegal" y le exigió su retirada, pero ahora se propone cambiar la Lei de Saúde de Galicia a través de la Lei de Medidas Fiscais e Administrativas, más conocida como Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Xunta para 2012. Así en el artículo 31 se establece que "la cobertura universal" de la asistencia sanitaria se "garantiza a todas las personas que residan en los ayuntamientos de esta comunidad" y para acreditar que viven en Galicia deben cumplir uno de los tres requisitos: llevar empadronado más de 183 días, "radicar en Galicia el núcleo principal o la base de sus intereses económicos, de forma directa o indirecta" o "residir habitualmente en Galicia el o la cónyuge, o la persona con análoga relación de afectividad, no separado legamente y los hijos o menores de edad que dependan de la persona física".
El proyecto de ley también fija que a los "transeúntes o desplazados en la comunidad se les garantizará (la sanidad pública) en la forma y en las condiciones que establezca la legislación vigente, el derecho comunitario y europeo y los convenios nacionales o internacionales que resulten aplicables".
Los gallegos de origen o descendencia que residen fuera de Galicia se verán "amparados por los converios al efecto", en alusión a los acuerdos que España pueda tener con sus países de residencia. Los emigrantes gallegos tienen también derecho a la tarjeta sanitaria Galicia exterior, una tarjeta con una validez temporal de tres meses, que según la orden que reguló su puesta en marcha, garantiza a los gallegos de la diáspora "las prestaciones sanitarias derivadas de un problema de salud nuevo" si se encuentran de vacaciones en la comunidad.