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Condena por no realizar episiotomía en un parto con ventosa

Publicada el: 20 de enero de 2012

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El Servicio Murciano de Salud deberá indemnizar con 68.417 euros a la paciente.

El tribunal ha fundamentado su resolución en lo que establecen los protocolos de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO). "La práctica sistemática de la episiotomía es criterio del médico que asiste el parto; sin embargo, está indicada en algunas situaciones como pacientes que tienen un periné poco elástico y en partos instrumentales, como el que se juzga", concluye el fallo.

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