Condena por no realizar episiotomía en un parto con ventosa
Publicada el: 20 de enero de 2012
Volver al inicioEl Servicio Murciano de Salud deberá indemnizar con 68.417 euros a la paciente.
El tribunal ha fundamentado su resolución en lo que establecen los protocolos de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO). "La práctica sistemática de la episiotomía es criterio del médico que asiste el parto; sin embargo, está indicada en algunas situaciones como pacientes que tienen un periné poco elástico y en partos instrumentales, como el que se juzga", concluye el fallo.