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Condenan a un banco por faltar transparencia en las cláusulas suelo

Publicada el: 5 de mayo de 2014

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El tribunal civil de la Audiencia Provincial de Ourense desestimó el recurso de apelación interpuesto por la entidad bancaria Novagalicia Banco, confirmando el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense a favor de dos matrimonios que habían litigado contra el banco solicitando la nulidad de sendas cláusulas suelo por abusivas.

La sentencia de la Audiencia Provincial estima que no quedó acreditado que «la cláusula controvertida fuera resultado de negociación entre las partes» y que el demandante suscribió el contrato de referencia sin poder discutir el contenido de la cláusula.

Además, otro motivo para rechazar estas cláusulas, por las que el banco cobró a ambos demandantes más de tres mil euros en cada caso, «no cumplen los requisitos de transparencia» porque se insertaban de forma conjunta con las cláusulas techo y no existían «simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés».

El fallo del juzgado de primera instancia ordenaba a la entidad demandada a devolver todas las cantidades de más que hubiese cobrado en aplicación de la cláusula anulada y a recalcular, excluyéndola, la amortización de los préstamos hipotecarios.

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