Juristas y expertos reconocen dificultades para culpar a peritos
Publicada el: 17 de octubre de 2014
Volver al inicio"Probar la culpabilidad del médico cuando ejerce como perito en un juicio es una cuestión sumamente complicada". Esta ha sido una de las principales conclusiones a la que llegaron ayer los expertos que participaron en el taller de trabajo Promede sobre la responsabilidad civil del perito médico, dentro del XXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario, que se celebra en Madrid.
Juan Calixto Galán Cáceres, fiscal de la Audiencia Provincial de Badajoz, explicó que "en esta investigación del comportamiento malicioso del perito hay que descubrir no sólo que el médico no dice o no informa la verdad, sino además, que el propio perito sabe que lo que está diciendo o afirmando en su informe es falso". Y es que "lo que el legislador castiga en la norma penal es concretamente el comportamiento falaz y mentiroso del profesional pericial y no la evaluación de las destrezas o habilidades del perito para realizar la pericia".
- Pedro Hidalgo: "Los títulos de especialista no deben de erigirse como un obstáculo para que el facultativo perite sobre una materia concreta y determinada"
José Carlos López Martínez, magistrado y letrado del gabinete técnico de la Sala Civil del Tribunal Supremo, también avaló "la dificultad para vincular la actuación negligente del perito y el daño porque estamos en presencia de una prueba que se valora con arreglo a la sana crítica. Aunque, esto no es óbice para que se pueda demandar a un perito médico".
En este sentido, López Martínez resaltó que "desde su experiencia judicial son contados, por no decir casi ninguno, los pleitos contra peritos médicos, lo que demuestra en la práctica esa dificultad de demostrar el vínculo de causalidad". A su juicio, "esto no sólo desanima a los perjudicados a iniciar un procedimiento de reclamación por responsabilidad civil sino que también lleva al juez en la mayoría de las ocasiones a declarar la absolución del juez".
- Debería existir una regulación sobre la responsabilidad civil, penal y disciplinaria en la que pueda incurrir el médico perito en el desempeño de su cargo profesional
Este dato fue apuntalado por el fiscal de Badajoz que afirmó:"En la realidad jurisprudencial española, a día de hoy (por ayer) desconocemos la existencia de una sola sentencia condenatoria contra algún perito médico". En línea con los dos expertos anteriores, Eugenio Laborda Calvo, presidente de la sociedad española de Valoración del Daño Corporal, subrayó que "si nos referimos a la responsabilidad del perito no deja de ser una utopía, ya que los informes periciales no dejan de ser una mera opinión y como tal no está sujeta a un criterio de veracidad".
Capacitación
Respecto a la regulación de la responsabilidad pericial los expertos también coincidieron en que "no existe, lo que puede originar cierta indefensión del perito", aseguró Laborda Calvo. Por su parte, el magistrado y letrado del Supremo añadió que "a diferencia de la legislación procesal, que sí regula, por ejemplo, el deber de imparcialidad del perito, sin embargo no existe una regulación de la responsabilidad civil, penal y disciplinaria en la que pueda incurrir el perito en el desempeño de su cargo".
Pedro Hidalgo Fernández, presidente del Colegio de Médicos de Badajoz, hizo especial hincapié en que "los títulos de especialista no deben de erigirse como obstáculo para que el facultativo perite sobre una materia concreta y determinada". Por tanto, "es la capacitación profesional del perito la que condiciona la nominación como especialista". En su opinión, "los colegios tienen tendencia a hiperregular una actividad como la pericial sobre la que debería limitarse a dos supuestos concretos. Uno, elaborar los correspondientes listados de peritos y dos, comprobar que los aspirantes no están inhabilitados para ejercer el cargo".
Por otro lado, Laborda Calvo criticó que "cuando se habla de la actividad pericial parece que se centra todo en la responsabilidad civil del profesional y se olvida por completo la valoración del daño corporal como una actividad típicamente médica".
El Ébola, en el XXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario.
Ayer se inauguró, en el Colegio de Médicos de Madrid, el XXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario. Todas las autoridades presentes tuvieron palabras de apoyo para la auxiliar contagiada del Ébola, Teresa Romero, y para todos los profesionales sanitarios que están trabajando intensamente para erradicar esta crisis de salud pública. En la imagen: Juan Carlos Domínguez Nafría, rector de la Universidad San Pablo CEU; Sonia López Arribas, presidenta del Colegio de Médicos de Madrid; Belén Prado Sanjurjo, viceconsejera de Sanidad de Madrid; Agustín Rivero Cuadrado, director general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia; Carmen Peña López, presidenta del Consejo General de Colegio de Farmacéuticos; Juan Manuel Garrote, secretario general de la OMC, y Ricardo de Lorenzo, presidente el comité organizador del XXI Congreso de Derecho Sanitario.
"Mentira maliciosa y medias verdades"
La responsabilidad del médico perito tiene también un alcance en la vía penal. El fiscal Galán Cáceres explicó "dos comportamientos mendaces en el ejercicio de la pericia respecto al falso testimonio. Uno, la mentira maliciosa y el otro, las medias verdades". "La primera es la articulación de una tesis o datos ajenos a la realidad y la segunda trata de enunciar una mentira camuflada, con sutileza, alegando datos que son ciertos y otros que no, que sólo pretenden confundir al juez creando una apariencia de verdad que no se corresponde con la realidad". En estos casos, manifestó el representante del Ministerio Público "el ámbito del error se reduce a la primera de las modalidades, donde la prueba adolece considerablemente de verdad". El jurista concluyó que "no caben las formas imprudentes en la falsa pericia, lo que significa que su comportamiento debe ser doloso".