Las barreras del SNS al retorno del talento médico
Publicada el: 20 de octubre de 2014
Volver al iniciolberto Martínez-Isla, cirujano español, cursó la carrera de Medicina y la especialidad en España. Ejerce desde hace 19 años en el Reino Unido, los últimos 17 como cirujano consultant permanente y estatutario, la categoría profesional más alta del National Health Service (NHS). Actualmente trabaja en el St. Mark's Hospital, de Londres.
En 2011, el Hospital de León contactó con él para intentar ficharle como jefe de Servicio de Cirugía General y del Aparato Digestivo. "A pesar de mi interés en volver y del empeño personal del gerente en que me presentase al concurso, la tentativa se frustró, porque una absurda legislación me impedía optar en mi país a un puesto y categoría equivalentes a los que tengo en el NHS", se queja Martínez-Isla. El Estatuto del Personal Estatutario de Castilla y León deja claro que sólo podrán optar a un puesto de jefe de servicio quienes previamente tengan una plaza estatutaria fija en el SNS.
- Cataluña, Navarra, País Vasco y Aragón han arbitrado fórmulas para permitir que opten a las jefaturas asistenciales especialistas que no tienen una plaza fija en el sistema público
Tres años antes, en 2008, el hematólogo Eduardo Olavarría, colega de Martínez-Isla en Londres, pudo optar -y lograr- la plaza de jefe del Servicio de Hematología en el Hospital de Navarra. La convocatoria para la provisión de ese puesto especificaba que para optar a él se requería plaza en propiedad en un hospital español o "en centro extranjero con programa reconocido de docencia de posgrado". Al margen de este requisito, Olavarría recuerda que "la única condición era demostrar que el hospital en el que trabajaba formaba parte del sistema público de su país, en mi caso el NHS. Un certificado de mi hospital me bastó para poder optar a la plaza".
Martínez-Isla envió sendas cartas al presidente del Gobierno y a la ministra de Sanidad denunciando la "rigidez" de la normas autonómicas y la "disgregación legislativa" del SNS. Las respuestas de Presidencia y de Sanidad (reproducidas en esta página) abundaron en la misma idea: las competencias sanitarias son autonómicas y el Gobierno central tiene poco que decir en materia de contratación.
- Aubía, responsable de RRHH en el Ministerio que redactó el Estatuto Marco, admite que el régimen emanado de esa norma "limita la capacidad de atraer y retener el talento"
Martínez-Isla optó entonces por denunciar alGobierno español ante la Comisión Europea que, de momento, ha admitido a trámite la denuncia. La Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión le ha respondido que examinará su denuncia "a la luz del derecho de la UE aplicable en la materia" para decidir si inicia "un proceso de infracción". Según RománGil, abogado del bufete Sagardoy que lleva el caso de Martínez-Isla, "la denuncia se fundamenta en la contravención de la norma europea sobre libre circulación de profesionales, agravada por las distintas regulaciones sobre contratación que hay en España".
Panorama legislativo
El Real Decreto-Ley 1/1999 sobre selección de personal dictaminó que sólo los "médicos con nombramiento estatutario que ostenten plaza en propiedad en las instituciones de la Seguridad Social" podrán optar a ser jefe de servicio y de sección. En 2003, el Estatuto Marco deroga esta norma y obliga a todas las autonomías a dictar sus propias resoluciones, perola mayoría de las regiones mantienen este principio..., aunque hay excepciones.
- Toranzo, de CESM, admite que "hay que buscar fórmulas para facilitar el retorno", pero añade que en las CCAA hay "cientos de interinos esperando una plaza vacante"
En Cataluña, el régimen laboral, mayoritario en el sistema público, permite eludir esa regla general;en el País Vasco, la LeySanitaria de Euskadi contempla la posibilidad de hacer contratos laborales temporales "en casos extraordinarios de alta especialización"; en Navarra, el Decreto Foral 347/1993 dice que los requisitos para ser jefe de servicio se fijarán en cada convocatoria (lo que posibilitó el fichaje de Olavarría); en Aragón, el decreto de provisión de plazas de 2011 da prioridad al personal fijo del SNS, pero añade que "en ausencia de candidatos que tengan esa condición, podrá no exigirse la previa vinculación al SNS como personal estatutario o funcionario".
Castilla y León, la región que quiso fichar a Martínez-Isla, cambió en enero de 2013 su estatuto jurídico para introducir una nueva figura: un contrato laboral de alta dirección renovable cada 4 años que permite contratar a jefes de servicio que no sean estatutarios ni funcionarios. Según fuentes de la Consejería, "la idea fue reducir en lo posible la rigidez normativa para poder contar con profesionales muy válidos, siempre en plazas asistenciales y por un tiempo limitado". Según las mismas fuentes, el "problema" en el caso de Martínez-Isla era que quería garantías de una plaza similar a la que tenía, algo imposible, salvo que haga una oposición". El verdadero problema, según el afectado, "es que ni siquiera tuve opción de presentarme y defender mi candidatura en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes".
La imposibilidad a la que se refiere la Consejería de Castilla y León rige en todas las autonomías que traspusieron literalmente el principio básico delReal Decreto-Ley 1/1999. "El Estatuto Marco dio libertad a las autonomías para regular este punto y hoy tenemos regulaciones muy rígidas que no se adaptan bien a las necesidades de la sociedad del conocimiento. Todo sistema que quiera ser competitivo debe tener la capacidad de retener y atraer talento, y en eso el SNS está limitado", admite Jaume Aubía, director de Recursos Humanos en el Ministerio de Ana Pastor, que redactó y aprobó el Estatuto Marco.
Aubía asegura que esa redacción "implicó un complejo juego de equilibrios en un sistema muy sindicalizado y funcionarizado. Hay aspectos positivos, como un mecanismo de acceso a la función pública basado en la igualdad, mérito y capacidad, y otros muy restrictivos. El ejemplo de este cirujano pone en evidencia los estrechos márgenes de un sistema que, a veces, tiene que buscar excepciones al margen del propio sistema".
Aubía concluye que, sin esas excepciones autonómicas, el oncólogo Josep Baselga nunca habría podido compaginar el cargo que tuvo en el Hospital General de Massachusetts con la Dirección Científica del Instituto de Oncología del Valle de Hebrón, "con el consiguiente perjuicio para el sistema catalán".
A la mente de César Pascual, gerente del Hospital Marqués de Valdecilla, también viene un nombre propio cuando se queja de las limitaciones del régimen estatutario. "Si yo quisiera traerme a Valentín Fuster como jefe de Cardiología de Valdecilla, no podría hacerlo. Hemos contactado con profesionales valiosísimos para explorar la posibilidad de contratarles y no hemos podido ficharles". Pascual aboga por revisar el régimen estatutario "para evitar rigideces como ésta, que nos impiden captar talento y limitan al sistema sanitario de forma absurda".
La visión sindical es sensiblemente distinta.Tomás Toranzo, vicesecretario general de CESM, argumenta que "el sistema no impide venir a nadie; otra cosa son las condiciones en las que se aspire a volver. Hay una vía legal, que es la que rige para todos: hacer un contrato de interinidad y optar a una plaza por oposición. En las bolsas de interinidad puntúan igual los servicios prestados en España que en cualquier país de la UE".
Prioridad nacional
Toranzo llama la atención sobre la otra cara del problema: "Hay cientos de interinos en todas las autonomías que llevan años esperando una plaza vacante, y ese régimen estatutario tan denostado da prioridad a esos profesionales que ya están en el sistema". Aun así, admite que "habría que buscar fórmulas satisfactorias para facilitar el retorno a todo el que quiera volver" -y cita el contrato laboral de alta dirección de Castilla y León-, pero concluye que "quizás la clave es que el sistema les hubiera ofrecido alicientes para no irse".
Mercedes Ortín, secretaria de Acción Sindical de CESM, coincide conToranzo en que la prioridad la deben tener quienes ya ejercen en el sistema público español, pero denuncia la heterogeneidad de la legislación autonómica, precisamente uno de los fundamentos de la denuncia de Martínez-Isla ante la UE: "Si yo fuera juez del Tribunal de Justicia de la UE, le daría la razón a este cirujano, porque hay un derecho fundamental a la no discriminación que no se garantiza".
Desde la OMC, Fernando Rivas, vocal de Médicos con Empleo Precario, entiende que "se quiera promover el arraigo, pero no debe ser a costa de minusvalorar un ejercicio equivalente de un médico que, precisamente por arraigo, desea volver a España". Rivas aboga por que el tiempo trabajado en el extranjero "sea equivalente y bareme igual que el ejercido en España, pero me temo que, a veces, los responsables de negociar prefieren dar prioridad al ejercicio en España, aunque sea discontinuo y temporal".
Desde su puesto del Hospital St. Marks, donde sigue recibiendo a cirujanos españoles para formarles, Martínez-Isla concluye que "un sistema sanitario prestigioso, como se supone que es el español, no puede progresar sólo con mecanismos de selección para cirujanos generales de nivel junior. A los hospitales se les debe brindar la posibilidad de contratar lo que necesitan, es decir, plazas perfiladas y adaptadas a sus necesidades concretas".