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La Justicia ha obligado a las consejerías a subsanar sus planes iniciales

Publicada el: 4 de noviembre de 2014

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La mayoría de los planes de ordenación de recursos humanos que aprobaron en su día las respectivas consejerías de Sanidad fueron impugnados en los tribunales. Este diario se hizo eco de las diferentes sentencias y bastan como ejemplo algunos de ellos. El Tribunal Supremo anuló la jubilación forzosa en el ICS argumentando que la Administración debe justificar las necesidades organizativas para conceder o denegar las solicitudes.  En Baleares, el tribunal autonómico también hizo lo propio con el plan de RRHH de 2010, cuando unos meses antes otra sentencia declaró nulo el plan de 2009. Los jueces argumentaban que  los proyectos presentados no reunían los requisitos que establece el Estatuto Marco. Más recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia también ha tumbado la jubilación forzosa a los 65 años por vicios en su tramitación y falta de rango legal.

Aguas calmadas
Con estos antecedentes judiciales el panorama legislativo de las autonomías ha ido cambiando gracias a la lección impartida por la Justicia. Actualmente, en Cataluña con la aprobación de su último plan parece que la pacificación está asegurada, según el director gerente del ICS, Pere Soley. 
En Valencia, la regulación de la jubilación forzosa a los 65 años se está tramitando en la Ley de Acompañamiento de presupuestos para este año. En el resto de comunidades autónomas existe un cierto consenso con los planes de RRHH porque se han ido ajustando a lo ordenado tanto por los TSJ como por el Tribunal Supremo para subsanar los errores contemplados en sus decretos.

Defectos corregidos.

Las sentencias dictadas por los tribunales han reconducido el contenido inicial de los planes de ordenación que afectaban directamente a la jubilación forzosa del médico a los 65 años.

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