Condenado el Ibsalut a readmitir una empleada por sustitución
Publicada el: 2 de diciembre de 2014
Volver al inicioEl Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Palma hizo pública ayer una sentencia por la que anula el despido de una trabajadora del IbSalut al no ser "conforme a derecho", por lo que ha sido readmitida en su puesto e indemnizada.
Según informó UGT en un comunicado, la trabajadora despedida -afiliada a UGT- fue nombrada personal estatutario sustituto el 1 de abril de 2011 para cubrir el traslado temporal de otra persona, a la que se cambió de puesto por motivos de salud. En la resolución del nombramiento se especifica que éste estaría supeditado a la incorporación de la titular del puesto de trabajo.
Tras un informe médico-laboral, fechado en octubre de 2012, en el que se determina que la trabajadora sustituida no podía volver a su plaza por cuestiones de salud, el IbSalut despidió el 18 de diciembre de 2012 a la sustituta por la "finalización de la circunstancia que originó su nombramiento", esto es, la movilidad temporal a otra unidad de la trabajadora sustituida.
La trabajadora despedida interpuso un recurso de reposición en el que pedía la nulidad de su despido por estar basado en una "causa falsa", ya que la trabajadora sustituida no iba a reincorporarse a su puesto original. El IbSalut se opuso al recurso, pero admitió que el nombramiento como personal estatutario de sustitución fue un error porque sólo es correcto para cubrir vacaciones, permisos y ausencias temporales que impliquen la reserva de plaza. Además, concluye que debería haberse realizado un nombramiento eventual.
Por recortes
El IbSalut indicó que durante 2012 se realizaron ajustes en la organización del servicio donde trabajaba la persona despedida, lo que provocó la amortización de una plaza, pasando de seis puestos a cinco.
- La entidad gestora debió iniciar una revisión de su acto administrativo porque de su error se derivan derechos subjetivos para el personal estatutario
El fallo resuelve que el nombramiento de la reclamante como personal estatutario sustituto no se correspondía con la situación real y señala que el Ib-Salut "debió iniciar un procedimiento de revisión de acto administrativo", ya que de su error "se derivan derechos subjetivos" para la trabajadora cesada.
La resolución del juez condena a Ibsalut a readmitir a una empleada a su puesto y al pago de una indemnización que comprende los salarios dejados de percibir desde su cese hasta su reincorporación.
Es nulo
Un fallo anuló el despido de una tratabajadora que anunció que estaría de baja por un tratamiento de fertilidad.