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Los afectados han llevado al Congreso la revisión del Real Decreto que reconoce su jubilación anticipada

Publicada el: 23 de febrero de 2015

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Representantes de Asociados de Polio y Postpolio de Cataluña y de la Federación Española de Asociaciones de Polio y sus Efectos Tardíos (Feapet) se reunieron a finales del pasado mes de enero con Esperanza Esteve, secretaria de Salud del PSCy diputada en el Congreso, para exponerle sus argumentos a favor de la modificación del Real Decreto 1851/ 2009, referente al requerimiento, que es exigido a los afectados, de tener acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento durante el período mínimo de cotización.

Consuelo Ruiz, presidenta de la Feapet, explica que lo que piden no son indemnizaciones por el retraso que hubo en la vacunación masiva contra la polio en España sino una atención sanitaria adecuada a los afectados -"aún hay muchos médicos que no conocen el síndrome de postpolio o que no creen en él"- y que se revise el Real Decreto que en 2009 les reconoció la jubilación anticipada.

"Lo que reclamamos, en concreto, es que no nos exijan 15 años con diagnóstico y valoración de un 45 por ciento de minusvalía sino que se tenga en cuenta cómo estamos en el momento de pedir la incapacidad permanente o la jubilación anticipada". Ruiz cree que los afectados podrían ser hasta 60.000 personas (lejos de los 15.000 que calcula el especialista Enric Portell).

Lola Corrales, presidenta de la Asociación de Afectados de Polio y Síndrome de Postpolio (inicialmente operaba sólo en Madrid), lamenta lo sucedido con la vacuna de la polio en España: "La mayoría éramos bebés, estábamos en una dictadura y nuestros padres no tenían ningún tipo de información. Todo quedó tapado". Pero aclara que lo que ahora les ocupa "no es la jubilación anticipada. Es un síndrome grave que está matando a la gente. ¿De qué nos sirve que se nos reconozca la jubilación anticipada si nos ponen mil obstáculos? Lo que queremos es una atención sanitaria adecuada y el reconocimiento de una incapacidad laboral permanente en el grado que proceda".

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