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Indemnizado un médico porque el SVS-O se saltó la lista de contratación

Publicada el: 17 de abril de 2015

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El Juzgado de lo Contencioso-admnistrativo número 2 de San Sebastián ha reconocido el derecho a un médico a ser indemnizado con 23.111,17 euros por al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza (SVS-O). El fallo considera que la entidad gestora se saltó "la lista de contratación" para sustituciones y eventualidades del Servicio de Cirugía General de un hospital público.

El juzgado da como hechos probados que el 16 de mayo de 2013, desde el Servicio de Proyectos e Infraestructuras del SVS-O se efectuó una llamada al teléfono móvil del recurrente con el fin de contratarlo para cubrir una ausencia por vacaciones de los médicos que integraban el Servicio de Cirugía Geneal y Aparato Digestivo. El periodo de tiempo iba desde el 20 de mayo hasta el 15 de septiembre. La llamada no fue atendida, por lo que la entidad gestora optó por llamar a otra persona, quien finalizaba su periodo de formación especializada el 19 de mayo de ese mismo año. El SVS-O contrató a esta persona.

La sentencia resalta que cuando se produjo la llamada "la lista de contratación para sustituciones y eventualidades de la categoría profesional señalada estaba integrada por 11 médicos, de los que sólo el recurrente se encontraba en situación de disponible".

El demandante argumentó que la médico a la que habían contratado carecía de la especialidad al momento en que le ofertaron la sustitución. También alegó "desigualdad de trato" para con él porque en otros casos de contratación temporal el SVS-O llamó hasta en 11 ocasiones al mismo integrante de la bolsa, mientras que en su caso sólo se efectuó una única llamada.

Desigualdad
La sentencia, que recoge los argumentos de la asesoría jurídica de CCOO de Guipúzcoa, razona que es evidente que "el SVS-O actuó de un modo desigual e injustificado con el médico", ya que debió realizar más llamadas, incluso desde otras extensiones telefónicas. Es más, el magistrado advierte a la Administración autonómica de que "podría llegar a incurrir en desviación de poder" porque finalmente fue nombrada una persona que a la fecha del nombramiento no reunía los requisitos para ello.

El fallo es firme y la cuantía de 23.111,17 euros corresponde a los salarios dejados de percibir durante el tiempo reseñado para sustituir las vacaciones de los médicos del Servicio de Cirugía General y del Aparato Digestivo. Además, la resolución judicial también condena a la entidad gestora a pagar las costas procesales.

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