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El fiscal pidió a la Audiencia que inhabilite al alcalde de Punxín ocho años

Publicada el: 17 de septiembre de 2010

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En la Audiencia de Ourense se celebró ayer una sesión en la que el fiscal presentó un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Penal 1 del 15 de diciembre de 2009 en la que se absuelve al alcalde socialista de Punxín, Alfredo Cruz Gago, de un delito de prevaricación por echar a una funcionaria del Concello nada más tomar posesión como alcalde. Ayer declaró la secretaria municipal la cual dijo que el 21 de julio de 2007 hizo un informe advirtiendo al alcalde de la ilegalidad del despido. «El alcalde me había dicho que iba a despedir a la limpiadora cuando saliese como alcalde, que era lo primero que iba hacer. Yo me quedé sorprendida, traté de hablar con él pero me ordenó que había que despedirla, nunca me preguntó si eso era correcto o no».

Al comunicar esa decisión a la gestoría, la secretaria no pudo dar motivo alguno para el despido. «El alcalde me dijo que esa señora le había hecho mucho daño y que la quería echar», añadió. Reconoció que Cruz Gago nunca le había dicho que la señora limpiaba mal. La testigo invitó a Cruz a buscar el consejo de otro abogado si no se fiaba de su informe jurídico.

Negó la secretaria que el regidor nuevo le dijese que habían hecho un seguimiento de la limpiadora. «Recuerdo que hubo quejas por la limpieza en el colegio y en el centro médico, pero concretamente de esta señora, no», señaló. También manifestó que el anterior alcalde decía que «comentaba cosas confidenciales que veía en los expedientes del Concello».

El fiscal alegó que la señora fue despedida «sin causa objetiva, por voluntad del alcalde nada más llegar este a la alcaldía». La limpiadora es del PP pero el fiscal señala que no se puede echar por ser una rival política. Para el ministerio público hay prevaricación porque el alcalde, dijo, culminó su decisión a sabiendas, «solo por revanchismo y sabe que hace mal porque estuvo advertido por la secretaria». Por eso pidió que la Sala revoque la sentencia absolutoria del Penal 1 e inhabilite a Alfredo Cruz para ejercer cargo público 8 años y seis meses.

El abogado de la afectada pidió, además, que se condene al alcalde por un delito contra los derechos de los trabajadores. El letrado del PP también ve prevaricación y la defensa del alcalde aseguró que se actuó por el procedimiento laboral, «nadie dijo que ese proceso era nulo. La acusación parte del error de llevar la sentencia del juzgado Social a esta jurisdicción». Indicó que había quejas de no respetar la confidencialidad del Concello por parte de la limpiadora y que el alcalde la investigó.

El Penal no vio delito

Alfredo Cruz había sido absuelto en el Penal 1 porque el despido fue administrativo, no un delito. Se demostró que es un despido ilegal que fue anulado en la jurisdicción laboral pero aún así «no implica prevaricación». La Sala de la Audiencia delibera el recurso.

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