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Las empresas, expectantes ante los cambios del Código Penal

Publicada el: 21 de septiembre de 2010

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Más de 350 representantes de diversas compañías se dieron cita hoy en la jornada organizada por la APD y el bufete Cuatrecasas, donde abogados, fiscales y magistrados dieron las claves de la reforma del Código Penal en materia empresarial. La jornada fue clausurada por Emilio Cuatrecasas que afirmó que "con la nueva responsabilidad penal de la persona jurídica se ha producido un punto de inflexión y un proceso irreversible".

El presidente del bufete Cuatrecasas Gonçalves Pereira y vicepresidente de la APD, Emilio Cuatrecasas, clausuró hoy la jornada y afirmó que con la reforma del Código Penal y la consiguiente introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas se ha producido un “punto de inflexión” y un “proceso irreversible” y, aunque, dicha incorporación “no ha sido perfecta, se pondrá seriedad a la hora de analizar los casos”.

El abogado ha reconocido los “inconvenientes y malformaciones” del tipo penal pero se mostró optimista en que éstos sean corregidos. “Se corregirán al igual que ocurrió con la figura del delito fiscal”. Asimismo destacó que, a través de esta reforma, el Estado está trasladando a las empresas como personas jurídicas y agentes económicos, que vigilen a sus empleados, directivos y administradores.

La jornada fue inaugurada esta mañana por el presidente de la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), Enrique Sánchez de León. Tras él, el socio director del grupo de Derecho Penal de Empresa de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, Luis Jordana de Pozas esbozó las modificaciones introducidas por la reforma.

Posteriormente, los abogados de Cuatrecasas han ido desgranando en sus intervenciones los principales delitos en los que las empresas, como personas jurídicas, pueden incurrir tras la reforma. Joaquín Burkhalter ha explicado la nueva protección penal del inversor y de la competencia, exponiendo el abuso de mercado y la corrupción en el sector privado. Burkhaklter ha afirmado que “dilucidar qué se debe entender por beneficios o ventajas no justificadas será el gran caballo de batalla, al no existir jurisprudencia al respecto”.

José María Paret que ha empezado diciendo que “la corrupción es una lacra y el cáncer de la democracia” ha descrito la adecuación de los delitos contra la Administración Pública a la normativa internacional, que afecta al delito de cohecho, a la corrupción del funcionario público extranjero en transacciones comerciales internacionales y el tráfico de influencias.

Por su parte, Santiago Milans del Bosch ha analizado la nueva regulación del delito fiscal y el blanqueo de capitales, mientras que Olga García ha desgranado los delitos de nueva creación (acoso laboral, acoso inmobiliario y delitos informáticos) y los tipos delictivos ya existentes que modifica la reforma (estafa, alzamiento de bienes, contra la ordenación del territorio y urbanismo y contra el medio ambiente). García aclaró que “los delitos de acoso inmobiliario y de acoso laboral ya se venían sancionando como coacciones o trato degradante”.

Alfredo Domínguez se ha centrado en uno de los puntos principales de la reforma: la implantación de un sistema de Corporate Compliance (o cumplimiento normativo) que contempla el código reformado como eximente o atenuante de las penas correspondientes. Así, en los delitos cometidos por empleados en provecho de la empresa, la norma contempla como atenuantes de la responsabilidad penal de personas jurídicas el "haber establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica.”"De este modo, nos encontramos con dos modalidades de Corporate Compliance: el preventivo y el reparativo. El primero, previo al delito, opera como eximente mientras el reparativo, posterior a la comisión del mismo, es atenuante.

Jueces y fiscales
A continuación, el magistrado del Tribunal Supremo, Adolfo Prego, destacó que el legislador español, a la hora de reformar el Código Penal, no ha tomado como referente el Derecho comparado. En este sentido explicó que “en los países de nuestro entorno existe un abanico enorme de posibilidades y en países como Alemania y Austria no tienen el Derecho penal de la persona jurídica”.

El magistrado del Alto Tribunal criticó la “preocupante obsesión por acudir al Derecho penal” para solucionar cuestiones que podrían ser tratadas en otros órdenes, afirmando que es la vigésimo cuarta reforma en 14 años. “Si se cambian las reglas del juego cada poco no hay forma de funcionar”, apuntó Prego, insistiendo en que esto va en detrimento del desarrollo económico.

En la misma línea se manifestó el fiscal del Tribunal Supremo, Antonio del Moral, al subrayar que “el Código está lleno de remiendos”. Asimismo, y en cuanto a las penas que contempla la normativa, el fiscal destacó que en la mayoría de los casos “la pena que se va a imponer es la de multa”, pese a que estén contempladas otras como la clausura de locales, disolución o suspensión de actividad o inhabilitación.

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