Ya estaba claro antes incluso de conocerse la sentencia. Fuese cual fuese la decisión, condenas o absoluciones, la resolución del juicio del caso Odriozola no iba a constituir el último capítulo procesal de esta eterna causa: la avalancha de recursos era inevitable. Y así ha sido, porque el fallo que exculpa a los responsables de las obras de demolición del edificio contiguo al centenario inmueble que se derrumbó el 2 de marzo de 1999 no solo ha provocado que el fiscal y algunas acusaciones particulares ya hayan tomado la decisión de apelar ante la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Los abogados de algunas víctimas del derrumbe aseguran que irán "a por todas" para "depurar responsabilidades" y si fracasa esta vía penal –se solicitará incluso la nulidad de todo el procedimiento–, pretenden seguir su lucha en la civil. "Hay un daño y alguien tiene que responder por ello, sean o no los que hasta ahora estuvieron en el banquillo, porque puede haber más responsables", afirman. A solo seis días de que se cumplan los doce años del siniestro, aún no se vislumbra el final de un caso sin duda inagotable y que ya ha llenado más de 7.000 folios de diligencias.
La sentencia se hacía pública el martes. Y las acusaciones han comenzado a moverse. Al menos dos abogados presentaron ayer en el Juzgado Penal 2 de Vigo escritos de aclaración de sentencia, un trámite al margen del recurso para solicitar la subsanación de defectos formales y que debe ser resuelto por el magistrado que dictó la resolución. José Muñoz, letrado que representa a los inquilinos del tercer piso del Odriozola, es uno de los juristas. "En los antecedentes de hecho de la sentencia se dice que acuso a la arquitecta y a la antigua dueña de la casa Sensat, y no es así, y por ejemplo también se omite mi calificación definitiva", explica. También presentó un documento en el que "comunica oficinalmente" a la sala que uno de los acusados murió días antes de dictarse la sentencia –falleció el 16 de febrero en Vigo víctima del temporal–. "No me consta que nadie lo haya hecho", aclara.
Trámite formal
La formulación de los escritos de aclaración es un trámite habitual que no afecta al fondo de la resolución. Pero interrumpe el plazo de interposición de recursos de apelación –que es de diez días hábiles– hasta que el juez no resuelva sobre estos defectos formales. Porque serán las apelaciones que se formulen ante la Sección Quinta las decisivas, las que analizarán el contenido del fallo. La Fiscalía y las acusaciones son conscientes de la "casi imposibilidad" de que la Audiencia revoque la absolución por las limitaciones del recurso. No se puede repetir la prueba practicada en el primer juicio. Por eso algunos recursos se basarán en la petición de "pruebas denegadas" en la vista. Se intentará alegar que hubo documental rechazada o preguntas "importantes" a testigos o peritos que no fueron permitidas. "Otra cosa es que el tribunal lo acepte", asume un jurista.
¿Y si fracasa la vía penal? Algunos abogados están dispuesto a ir a la civil. "La sentencia no es ajustada a derecho, hay prueba más que suficiente para probar la causa del derrumbe y la culpa de los acusados; iré hasta el final y agotaré todas las vías", adelanta la letrada que representa a la familia de la única fallecida en el derrumbe, una mujer de 65 años que residía en una casa adyacente al Odriozola. El letrado José Muñoz, por su parte, indica que llegado a ese punto "tendría que estudiar" la viabilidad de una demanda civil, que en caso de que el demandante pierda, obliga a que tenga que pagar las costas. En un asunto de estas características, con reclamaciones millonarias, serían elevadas. De todas maneras "no lo descarta". "Voy a seguir en mi empeño favorable a los intereses de mi cliente, pelearé hasta el final", asegura.
La presentación de una demanda de reclamación de responsabilidad civil supone la celebración de una vista en la que habrá que volver a tratar de demostrar la culpa de las personas que finalmente sean demandadas. El fiscal ve también difícil que prospere: estima que la sentencia que se acaba de dictar dificulta este camino al no constar la causa del derrumbe. Pero otras fuentes consultadas no opinan lo mismo: "La vía civil es distinta a la penal; si hay un daño hay una presunción de culpabilidad". Algún letrado de la acusación ahonda en esto. "Aunque no haya culpa penal, sí la hay civil, sea de quien sea", concluye.