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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acepta plantear una cuestión de inconstitucionalidad

Publicada el: 10 de marzo de 2015

La Ley 15/10 introdujo una modificación de la Ley 6/2001 que supuso cambiar el silencio administrativo de positivo a negativo en las reclamaciones de contenido económico de los profesionales del SERGAS.

Esa norma se aprobó sin respetar los requisitos establecidos en la norma básica estatal, que exige la justificación explícita de imperiososas necesidades de interés general.

Y tampoco justificó el distinto trato que supone para los empleados públicos sanitarios a los que perjudica en relación con el resto de empleados públicos de la Administración autonómica de Galicia.

Siempre cuestionamos la aplicación de esa norma, pero satisface que la Sala de lo contencioso-adminstrativo del citado Tribunal acepte elevar la discrepancia al Tribunal Constitucional.

Confiemos que el máximo interprete de nuestra Constitución comparta los argumentos y declare inconstitucional esa norma que tanto ha perjudicado al personal del SERGAS.

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