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Novedades tributarias para el año 2016 introducidas por la Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de Galicia.

Publicada el: 8 de enero de 2016

En cuanto al impuesto sobre la renta de las personas físicas, se establece una nueva escala aplicable al tramo autonómico del IRPF a partir del 1 de enero de 2016, ampliando el número de tramos existentes, con lo que se pretende mejorar la progresividad del impuesto, pasando de cinco a siete tramos, con el objetivo de reducir y redistribuir la carga tributaria. 

En relación con el impuesto de sucesiones y donaciones, se incorporan dos modificaciones. La primera de ellas incrementa la reducción para los herederos que tengan la condición de descendientes y adoptados de 25 o más años, cónyuges, ascendentes y adoptantes del causante, pasando de los 18.000 € actuales a los 400.000 €. Con esta medida se pretende eliminar en su práctica totalidad la tributación de las herencias de padres a 

La segunda de las novedades respecto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, afecta a la reducción por vivienda habitual del causante, la cual se aplicará aunque dicha persona no resida en la misma cuando, por circunstancias físicas o psíquicas, se traslade para recibir cuidados a un centro especializado o a vivir con sus familiares.

Por último en cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se establece una deducción del 100 % en la cuota de las transmisiones de suelo rústico.

De todas las modificaciones realizadas, sin lugar a dudas la de mayor impacto tributario para el ciudadano de a pie consiste en el incremento de la reducción personal en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que prácticamente elimina la tributación por este impuesto para las herencias de padres a hijos.

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