El Tribunal Supremo rectifica su doctrina sobre las cláusulas suelo.
Publicada el: 16 de febrero de 2017
El Pleno del Tribunal Supremo, en Sentencia que resuelve sobre un recurso de casación planteado por el BBVA contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordaba la retroactividad total, adapta la jurisprudencia de la sala en aplicación de lo dispuesto por el reciente fallo del TJUE, confirmando la sentencia recurrida y aplicando la retroactividad total.
Se confirma así el criterio del TJUE, rectificando su postura anterior, y considera que no procede limitación temporal alguna a la devolución de cantidades abonadas de mas en aplicación de clausulas suelo declaradas nulas.
Además, el Tribunal Supremo también rechaza considerar la existencia de cosa juzgada, entre otros motivos, al tratarse de una acción individual y no colectiva, al ser la clausula enjuiciada diferente a las examinadas en la famosa Sentencia de 9 de mayo de 2013, además de que la entidad contratante fue Caixa d´Estalvis y no BBVA (posteriormente absorbida por BBVA). Asimismo también descarta plantear diversas cuestiones prejudiciales propuestas por BBVA.
Según la nota de prensa publicada ayer, el texto integro de la sentencia se redactará los próximos días, pero sin duda es una muy buena noticia para todos los afectados por la clausula suelo al adaptarse la jurisprudencia del Tribunal Supremo al criterio del TJUE.
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