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La perdida de oportunidad se indemniza siempre

Publicada el: 3 de julio de 2020

Generalmente se dice que sólo hay responsabilidad cuando hay culpa, pero no siempre es así, pues pueda haber responsabilidad sin ella, es decir, que cabe indemnizar aunque el médico prescriba un tratamiento adecuado.

 

Sucede que en ocasiones el tratamiento adecuando no es el único tratamiento, pues puede haber otro que incluso ofrezca mejores resultados, y sin embargo no se aplica o tarde en hacerse.

 

Es el caso de nuestra clienta que a consecuencia de una hipertensión intracraneal idiopática empezó a perder visión, siendo tratada en un hospital, prescribiendo el tratamiento médico adecuado que cura el problema en el 90% de los casos.

 

Pero en este caso la paciente no respondía al tratamiento y la visión empeoraba, sin embargo, constatada la mala evolución en lugar de ofrecer un tratamiento quirúrgico, persistieron en el otro, hasta que finalmente cambiaron de opinión.

 

El retraso supuso una pérdida de expectativas terapéuticas para nuestra cliente que aunque su visión no siguió empeorando tras ser operada, apenas mejoró, con lo cual perdió un tiempo precioso para que la perdida no fuera tanta.

 

El Tribunal indemniza esa perdida de oportunidad con 60.000 euros.

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