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Incapacidad parcial en radiodiagnóstico

Publicada el: 4 de agosto de 2020

La incapacidad permanente parcial es aquella que da derecho al cobro de una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora cuando el trabajador tenga unas limitaciones superiores al 33% de las actividades propias de su puesto de trabajo.

No es fácil determinarlo, por eso es la menos frecuente de las invalideces. En este caso conseguimos probarlo con el informe de adaptación de su puesto de trabajo, donde establecía que nuestra cliente era apta con limitaciones.

La afectación visual que padece, y que la hace vulnerable a las radiaciones de determinados aparatos de radiodiagnóstico, le obligó a no trabajar con aquellos que funcionan a ciclo continuo (las 24 horas del día).

Y esas limitaciones, que entrañaban trabajar en turno fijo, perdiendo las retribuciones por turnicidad y nocturnidad, fue apreciada por el juez reconociendo la incapacidad parcial, pues  la indemnización viene a compensar, precisamente, esa merma económica.

 

 

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