Módulos de atención continuada
Publicada el: 27 de octubre de 2021
Hace casi tres años conseguimos una sentencia pionera con una enorme proyección, pues anulaba la Orden de confección de nóminas de la Xunta de Galicia obligando a actualizar los módulos de atención continuada que realizan los facultativos mayores de 55 años que no hacen guardias médicas.
La anulación se traducía en que todos, no sólo nuestro cliente, sino todos los facultativos en su misma situación pasarían a cobrar un promedio de 317 euros más al mes por los tres módulos de tarde realizados en el año 2019. Una sentencia que al anular una disposición general suponía un beneficio para todos.
Pues este año han caído también las ordenes de 2020 y 2021 mediante sendas sentencias que obligan a la Consellería de Facenda a dictar nuevas ordenes con las cantidades actualizadas mediante una regla de equivalencia que supone que un módulo de tarde se tenga que pagar al precio de 12 horas de guardia de presencia física.
Esta revolución jurídica supone que no sólo se puedan reclamar las actualizaciones de esos años, sino de los precedentes en las cantidades no prescritas (los últimos cinco años), de tal manera que pueda suponer una cantidad cercana a los 20.000 euros de atrasos con los intereses para cada facultativo (se estima que hay más de 500 en esa situación).
Un éxito que nació de la necesidad de dar respuesta a un desfase histórico consentido durante años y al que ahora se pone fin con esta nueva jurisprudencia volviendo al origen de estos módulos, que nacieron para compensar la renuncia a las guardias con jornadas vespertinas de trabajo programado.
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