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Indemnización por asignar plaza equivocada en concurso de traslados

Publicada el: 10 de julio de 2025

Sentencia que condena al SERGAS por asignar plaza distinta en concurso de traslados obligando a indemnizar a nuestra cliente por daño moral en la cantidad de 14.000 euros.

El precedente es otra sentencia, ya publicada en nuestra web, que anulaba una instrucción del SERGAS que daba preferencia al aspirante en comisión de servicios a la hora de asignar destino.

En aplicación de esa instrucción nuestra clienta, enfermera, a pesar de tener mejor puntuación quedó postergada para escoger destino, en favor de quien ocupaba plaza en el mismo centro en comisión de servicios.

Así estuvo 28 meses hasta que anulada la instrucción el SERGAS tuvo que reponerla en la plaza que por méritos le correspondía, pudiendo escoger la plaza del cupo de adultos y no de pediatría.

Ahí no quedó la cosa porque iniciamos un procedimiento de reclamación patrimonial pidiendo una indemnización de 500 euros por cada mes que estuvo en esa situación: total 14.000 euros.

La sentencia ganada reconoce los perjuicios derivados de la preterición de aspirantes con mayor puntuación en favor de personal que ocupaba las plazas en comisión de servicios.

Sentencia pionera al considerar que estos errores en los procesos de provisión de plazas generan un daño moral indemnizable, al margen de compensaciones por gastos de desplazamiento o diferencias retributivas (que en este caso no había). 

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