Prorroga en el servicio activo por silencio administrativo
Publicada el: 5 de diciembre de 2024
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que anula la denegación de la prórroga en el servicio de activo de una enfermera del SERGAS, nuestra cliente, por haberse obtenido por silencio administrativo.
Nuestra clienta solicitó la prórroga en el servicio activo porque ya estaba en edad de jubilación.
Se la denegaron por no concurrir necesidades asistenciales, pero habiendo transcurrido más de tres meses desde la solicitud.
Considerando que el transcurso de ese plazo suponía su estimación por silencio administrativo, solicitamos la ejecución de ese acto firme presunto. El SERGAS hizo caso omiso.
Recurrimos y la Sala de apelación corrige al Juzgado y estimando nuestro recurso considera que, efectivamente, el silencio tiene efecto positivo, no negativo.
Es decir, que el SERGAS al demorar la resolución de la solicitud de la prórroga lo que hizo fue sin pretenderlo concedérsela.
Luego la resolución expresa denegatoria ya no tiene ningún valor, pues solo puede confirmar aquello ya concedido por silencio.
Nuestra clienta, ya jubilada, podrá volver a su puesto de trabajo y, sobre todo, cobrar la diferencia entre su pensión y el salario que venía percibiendo.
Sentencia pionera que nos congratula, una vez más, pues ya hace años abrimos esa vía de reclamación para la reclamación de derechos de los empleados públicos.
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