Pérdida de oportunidad en cáncer de próstata
Publicada el: 5 de septiembre de 2025
Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo condena al SERGAS a indemnizar a nuestro cliente con 20.000 euros por el retraso diagnóstico de su cáncer de próstata y la necesidad de someterse a una cirugía radical en lugar de otros tratamientos menos agresivos.
Nuestro cliente se sometió en 2011 a una prueba de antígeno prostático específico (PSA). El resultado, elevado para su edad y con antecedentes familiares de cáncer de próstata, requería un seguimiento periódico que no se realizó hasta siete años después, momento en el que se detectó un carcinoma ya avanzado.
El retraso obligó a nuestro cliente a someterse a una prostatectomía radical, privándole de la posibilidad de someterse a unas terapias menos agresivas y con menores efectos adversos, como es la braquiterapia.
La sentencia reconoce que existió una infracción de la “lex artis ad hoc” al no prescribirse un control bianual de PSA, privando al paciente de unas expectativas de curación mayores y con menores efectos secundarios, que deben ser indemnizados.
Esta sentencia refuerza la importancia de respetar los protocolos de seguimiento en pacientes con factores de riesgo y la responsabilidad consiguiente de la Administración sanitaria al no hacerlo.