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Responsabilidad por ligamentoplastia fallida tras accidente laboral

Publicada el: 17 de abril de 2026

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado a una mutua laboral a indemnizar a nuestro cliente por el daño derivado de una ligamentoplastia fallida a la que se sometió tras un accidente de trabajo. 

Nuestro cliente sufrió un accidente de trabajo que le provocó la rotura de la plastia del ligamento cruzado anterior de su rodilla izquierda. Fue sometido a una cirugía reconstructiva durante la cual se rompió un tornillo interferencial y, aunque se intentó retirar en el acto, quedaron fragmentos en la articulación para cuya extracción precisó de dos artroscopias, lo que prolongó su baja.

Sostuvimos en la demanda que un fallo del material, aunque aparezca recogido en el consentimiento informado, no exime de responsabilidad cuando se demuestra que proviene de un defecto técnico a la hora de realizar los túneles previos para colocar el tornillo.

La anterior explicación fue acogida por la Sala y, en consecuencia, condenó a la mutua laboral a indemnizarlo en casi 25.000 euros. 

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