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Sin prótesis no hay paraíso

Publicada el: 24 de febrero de 2011

El consumidor no tiene la obligación de asumir el riesgo de que un producto tenga que ser retirado del mercado por decisión de la Administración ante la sospecha fundada de que pueda ser tóxico. Y con mayor motivo si se trata de productos sanitarios o farmacéuticos, salvo que el fabricante o suministrador demuestre que el defecto o toxicidad no sea previsible de acuerdo con el estado de la ciencia. Pero esa cláusula de exoneración de responsabilidad no opera cuando se demuestra que la retirada del producto revela la inexistencia de determinados estudios sobre la seguridad del producto. Por lo tanto, aun cuando no se demuestre el defecto del producto es suficiente con demostrar un riesgo por no haber sido suficientemente testado. La extracción de las prótesis mamarias en esas condiciones generó un perjuicio a sus portadoras, que vieron frustrado el deseo de recobrar ese símbolo de su feminidad (mutilado por un tumor), o simplemente de incrementar su tamaño de acuerdo con determinados cánones estéticos que la ficción televisiva coloca a las puertas del mismo paraíso.

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